domingo, 22 de mayo de 2011

Trabajar y cobrar el paro

Para cobrar el paro, el trabajador debe haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años, no estar en edad de jubilación, no realizar ningún tipo de actividad profesional por cuenta propia, ni cobrar ninguna pensión de la Seguridad Social. Nunca se cobrará durante más de dos años ni menos de cuatro meses. La duración de la prestación estará en función de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

Si parado encuentra un trabajo que supone una interrupción del desempleo inferior a 12 meses (24 meses en caso de empleo autónomo), la prestación por desempleo puede quedar suspendida mientras trabaje para reanudarse posteriormente. El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) dejará de cotizar a la Seguridad Social durante ese tiempo. En caso de encontrar un empleo a tiempo parcial, se puede seguir cobrando el paro, pero el importe se reducirá de forma proporcional a la jornada del nuevo trabajo.
Debe comunicarse al SPEE el nuevo trabajo (llamando al teléfono 901 119 999) y, cuando lo termine, solicitar la reanudación de la prestación por desempleo de la misma manera que lo hiciera inicialmente.

Con estas normas ¿qué es lo que ocurre? Por un lado, que mucha gente espera a que le quede poco para agotar la prestación por desempleo para empezar a buscar trabajo, y por otro que, algunos, mientras cobran el paro (que, recordemos, es incompatible con otro trabajo) se emplean "en negro" (con todo lo que eso supone de sueldos bajos y condiciones laborales peligrosas) y con el riesgo de ser descubiertos por la inspección de trabajo y perderlo todo. Esta situación se ve magníficamente retratada en la película de Ken Loach Mi nombre es Joe

Creo que esto podría solucionarse si se permitiera que, al principio para las edades y colectivos más castigados por el paro de larga duración, y luego, según los resultados que se obtuvieran, para más grupos, el cobro de la prestación por desempleo fuera compatible con trabajar.

A primera vista parece paradójico: ¿qué sentido tiene una subvención por desempleo para alguien que trabaja? Estoy de acuerdo en que es paradójico, pero creo que podría resultar eficiente para animar a la gente a emplearse. Se podría llamar "seguro contra la pérdida del trabajo". Veamos: la persona que tiene por delante un período de cobro de, digamos, seis meses, se podría ver impelida a buscar trabajo inmediatamente. De esa forma, durante seis meses, sumaría a los ingresos de la subvención los de su trabajo. Saldría más barato al SPEE, porque mientras el subvencionado trabaja, el SPEE no tiene que cotizar a la Seguridad Social por él. Sería mejor para todos, porque en este país, que una persona más trabaje es un triunfo. Y Hacienda cobraría los impuestos correspondientes por los ingresos del trabajador, quien, a su vez, estaría haciendo "hucha" (metiendo más días de trabajo para llegar a esos 360 en los últimos seis años y cotizando para su pensión).

Hay, por supuesto, posibles efectos adversos: disminución de los salarios en el sector, al poder aceptar el trabajador que cuenta con otra fuente de ingresos un sueldo más bajo, y rupturas artificiales de contratos, de acuerdo con la empresa, para que los trabajadores cobren más a costa del SPEE (que ya existen, todo hay que decirlo: son moneda corriente los encadenamientos de contratos temporales, absolutamente ilegales y sobre los que deberían hacerse inspecciones más frecuentes). Pero aún así creo que merece la pena probarlo, ya digo, para determinados colectivos y con examen de los resultados al cabo del año, y solo mantenimiento o ampliación del esquema si son claramente positivos.

2 comentarios:

  1. Los emprendedores que contraten a su primer trabajador en paro podrán deducirse fiscalmente un importe que equivalga el 50% de la prestación por desempleo que cobraba esa persona. Al mismo tiempo, el trabajador podrá percibir, además de su sueldo (que se marcará en convenio), el 25% de la prestación por desempleo que le corresponde. Es decir, por primera vez se abre la puerta a que una persona cobre una parte de su prestación de desempleo mientras percibe un sueldo. En cualquier caso, será el trabajador el que decida voluntariamente si quiere compatibilizar ambos.

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  2. Paro y trabajo a la vez: Otra de las medidas anunciadas como novedosa pero que lleva ya tiempo rondando al Gobierno es la de establecer canales para que los jóvenes puedan compatibilizar el cobro del paro y un salario cuando empiecen a trabajar. En concreto, la percepción de la prestación será compatible con la situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante un máximo de 9 meses y para menores de 30 años.

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