sábado, 19 de enero de 2013

Imputación = Destitución

(Medidas contra la corrupción política)

El nivel de insatisfacción y enfado de los ciudadanos españoles con sus políticos está alcanzando cotas nunca vistas. Entre la crisis, que esos políticos, con unas medidas adecuadas, podrían haber paliado sustancialmente; los recortes, que aplican, equivocada e irrazonablemente ante la situación; y los casos de corrupción política en Unió, en Convergencia, en el Partido Socialista y en el Partido Popular, la paciencia de los ciudadanos se ha colmado. Urge responder.





 Yo pensaba proponer que la imputación judicial de cualquier cargo público forzara a sus compañeros de partido a exigirle la dimisión inmediata. Pero ¿y si se niega a dimitir? ¿Y si su partido, en lugar de no querer saber nada de él, lo arropa? Por eso me ha parecido muy buena la propuesta de Aníbal Álvarez: Por un tribunal de ética política:

¿No existe en este país un tribunal de ética política capaz de intervenir apenas haya el menor indicio de corrupción, desalojando de la vida política a todos esos que se valen de sus cargos para medrar a costa de un pueblo que les vota para que traten de mejorar la vida de los ciudadanos y no para enriquecerse y medrar socialmente en beneficio propio? Si ese tribunal no existe tendría que ser creado.

Pues creémoslo. Pero no un tribunal de jueces o magistrados, sino un jurado de doce ciudadanos: el Jurado Anticorrupción. Con poder constitucional para destituir de su cargo desde al más humilde concejal al Presidente del Gobierno, y también para separar de sus funciones en el partido a cualquier militante imputado. Los únicos requisitos para los jurados serían haber aprobado una carrera universitaria, no haber sido condenados nunca en sentencia firme por delitos dolosos ni estar incursos en un procedimiento judicial y no militar en ningún partido político.

La inmunidad parlamentaria tuvo el siguiente origen:

En un comienzo, no dejaba de ser habitual que cuando un parlamentario se oponía a los deseos del rey, éste buscase excusas para, utilizando el poder ejecutivo, acusarle de algún delito y buscase apartarle de la vida pública. Como forma de evitar estas injerencias, se establecieron medidas que impedían que pudiese ser encausado ningún parlamentario si previamente el propio Parlamento no daba su visto bueno y que, en el caso de ser encausado, estuviese sometido a algún orden jurisdiccional específico (normalmente el Tribunal de mayor jerarquía).

Ha quedado desfasada y lo que un principio nació para proteger a la democracia, ahora la amenaza.

Para asegurar la separación de poderes, el Jurado Anticorrupción solo podría juzgar a cargos públicos (concejales, ministros, consejeros autonómicos, diputados, senadores, alcaldes...) a los que un juez hubiera imputado previamente por cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, prevaricación o falsedad y para cuya presentación ante este Jurado se hubieran recogido al menos diez mil firmas de ciudadanos. Este Jurado solo tendría la potestad de, por mayoría de al menos dos tercios, destituir al imputado de su cargo público e inhabilitarlo provisionalmente hasta que se promulgara sentencia judicial firme. También podría apartar de los órganos internos de su partido a políticos que solamente tuvieran cargos dentro de éste.

Una decisión de destitución de este Jurado no podría emplearse en el proceso judicial posterior como prueba.

Si bien no estoy de acuerdo en imponer penas de cárcel muy altas para los delitos anteriormente citados, creo que las inhabilitaciones para ocupar cargo público, figurar en una lista electoral, militar en un partido político, ocupar cargos en él, e incluso fundar un nuevo partido deberían ser permanentes e inindultables.

lunes, 14 de enero de 2013

No alterar los informes

Los inspectores del Banco de España han denunciado que los informes que elaboran son alterados hasta cambiar su sentido y decidirse que no se apliquen las medidas correctivas recomendadas en ellos. Esto es gravísimo. Además acusan a sus superiores de mirar hacia otro lado ante los indicios de delito que encuentran.

El anterior director del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, lo ha negado. Pero una cosa está clara: indicios de delito había, porque ahora mismo se están desarrollando procedimientos judiciales contra directivos de varias entidades (Bankia, Nova Caixa Galicia...). Creo más a los inspectores, que tuvieron esos indicios delante de sus ojos, que a sus superiores, poco interesados en las complicaciones y tensiones que trae una remisión de indicios a la fiscalía. 

 Según suben los informes por la pirámide, menos defectos se observan en los bancos inspeccionados. Aunque creo que esta entrada se ilustraría mejor con este dibujo de Forges. Pero así como en este blog mezclo con mis propuestas otras de las más diversas procedencias (citando la fuente), he decidido que todas las ilustraciones sean originales mías. Pues creo de buena fe que quienes proponen ideas públicamente no lo hacen por afán directo de lucro, sino para que sus propuestas se consideren y, en su caso, se lleven a la práctica. Favorecer su difusión me parece colaborar en su propósito. En cambio, los artistas gráficos, de forma totalmente legítima, tienen otros fines, e intento respetar su trabajo.

Para elevar el control sobre los gestores del Banco de España, los inspectores reclaman que se conozcan “cuantos elementos emplea el banco para formar su criterio en materia supervisora, siempre que estos elementos deban ser conocidos”.

El primer paso para que haya luz y taquígrafos es que los autores de los informes se hagan responsables del contenido con su firma, algo que ahora no ocurre. “Cada actuación supervisora debe estar adecuadamente identificada. Cada informe debe ser firmado; ahora no ocurre y no son asumidos por nadie”, apuntan.

“En el caso de existir discrepancias entre los inspectores, los jefes de grupo y los directores de departamento, debe quedar expresa constancia de las mismas firmadas por cada responsable”.

También piden “establecer un procedimiento para la comunicación jerárquica de los indicios de delito. Dar formación en materia penal a los inspectores y crear un grupo de inspección especializado en investigación de delitos”.

“Nuestra propia labor, velar por la solvencia, deja zonas grises de actuación. Por ejemplo, al examinar unas cuentas, se pueden encontrar préstamos a una empresa ruinosa que levantan sospechas de que alguien pueda beneficiarse en última instancia. O sueldos disparatados que rozan la apropiación indebida o el desfalco. Pero, ¿es nuestra labor investigar eso? No tenemos formación para ello. Además, la cantidad de un crédito sospechoso puede que no afecte a la solvencia de la entidad por lo que queda fuera de nuestro trabajo. Lo que queremos es que existan sistemas automatizados para denunciar estos asuntos”. Entre los inspectores destacan el hecho de que solo en las entidades intervenidas se han encontrado indicios de delito. “¿Ninguna otra tenía trapos sucios?”, se preguntan.

En otro apartado del informe, los inspectores piden “reducir la influencia” de los bancos “y de los políticos” para evitar “la captura del supervisor, el sentimiento de arbitrar para casa” y la fuga de ejecutivos del Banco de España a las entidades.

Según el documento de “Análisis de los procedimientos supervisores del Banco de España”, conocido el martes tras las acusaciones de arbitrariedad de la Asociación de Inspectores, el organismo dirigido por Luis Linde ha decidido establecer un procedimiento específico para la revisión de la gobernanza de las entidades.

Entre las medidas se incluye que se puedan “mantener reuniones periódicas con los consejeros y miembros clave de las comisiones delegadas; comprobar que los escritos de recomendaciones y requerimientos del Banco de España llegan a los consejeros”, así como “instar a que en las actas del consejo figuren las opiniones discrepantes”. El supervisor además tendrá acceso a “la información que se facilita a los consejeros y miembros de las comisiones delegadas del consejo”.

El informe dice que entre las tareas de la institución estará “señalar ubicaciones inadecuadas en el organigrama”, lo que sugiere una capacidad de opinar sobre la adecuación profesional de los altos cargos de la entidad o componentes de comisiones. Linde pretende también vigilar el cumplimiento de las recomendaciones de gobierno corporativo, “revisar las actuaciones de la auditoría interna” y “conocer trimestralmente las deficiencias puestas de manifiesto por la auditoría interna”.

Además de este conjunto de medidas, el Banco de España ha establecido que las carteras de todas las entidades serán revisadas al menos cada tres años. Por otro lado, las 16 entidades “más significativas” tendrán inspectores empotrados para conocer las cuentas de primera mano. Este trabajo tiene el riesgo del secuestro del inspector, es decir, que los funcionarios terminen por identificarse demasiado con la entidad que supervisan y bajen la guardia. Para evitarlo, el Banco de España ha establecido “un procedimiento de rotación de la plantilla, incluida la jefatura”, con “un límite máximo de seis años en la misma entidad y de diez años en el mismo departamento, con un periodo posterior de separación obligatoria de cuatro años”.

El informe del Banco de España se muestra a favor de la rotación periódica de la firma auditora, “para fomentar su independencia, haciendo frente a los potenciales riesgos de familiaridad y captura por la entidad auditada”.

Otra de las grandes reformas es que “la información a la Comisión Ejecutiva del Banco de España sobre la posible discrepancia entre el informe de inspección, por un lado, y la información y propuesta a la Comisión Ejecutiva, por otro, se incluya en un apartado específico”.

ESTO ES INSUFICIENTE. HAY QUE HACER MÁS:

Resulta increíble que el Banco de España tenga que asegurarse de que sus escritos de recomendaciones  llegan a los consejeros de las entidades supervisadas. ¿No funciona la comunicación interna de la entidad inspeccionada o qué? El Banco de España debe tener los correos electrónicos de todos los consejeros de todos los bancos y, según sus cargos, remitirles la información oportuna, mediante mensajes seguros y con acuse de recibo.

Ni discrepancias entre el informe de inspección y las propuestas a la Comisión Ejecutiva ni nada. Los técnicos del BdE que hayan inspeccionado la entidad deben redactar un informe completo, con un resumen de una página sobre la situación de la entidad, y otra página con las, no digo recomendaciones, pues son algo que se puede seguir o no, sino las directrices más importantes, indicando el plazo en que deben factiblemente alcanzarse y las personas encargadas de su cumplimiento. Ninguno de estos tres documentos podrá ser alterado por escalones superiores de la pirámide, ni siquiera para corregir las faltas de ortografía.

Cada una de estas directrices se registrará en una base de datos, con su entidad, plazo y persona responsable de cumplirla. Si pasado el plazo no se ha cumplido, la persona responsable sufrirá una merma del 5% en su salario por cada mes de retraso. Cuando pasen seis meses en esa situación, la persona será destituida.

En cuanto a los indicios de delito, se debería establecer una lista de posibles indicios: préstamos a una empresa ruinosa, condiciones crediticias excepcionalmente ventajosas a directivos de la entidad o familiares,  emolumentos (salarios, bonus, fondos de pensiones, opciones sobre acciones...) disparatados (más de un 25% por encima de la media para ese puesto), etc. Tras la inspección de una entidad, si el inspector halla uno o más de esos indicios, lo remitirá directamente a la fiscalía, para que sea ella la que decida si hay delito o no.